15 oct 2013

Depósito Legal. Qué es y dónde se tramita

¿Qué es el Depósito Legal?

El depósito legal tiene como finalidad recoger toda la producción bibliográfica. Es obligatorio ponerlo en todas las obras bibliográficas, sonoras, visuales, audiovisuales y digitales, producidas o editadas en España, por cualquier procedimiento de producción, edición o difusión y distribuidas en cualquier soporte, tangible o intangible.

En España está regulado por la ley 23/2011. Esta ley da respuesta a las nuevas formas de edición fruto de las nuevas tecnologías y a la existencia de Internet, e incluye como gran innovación al editor como sujeto central del depósito legal. Las Comunidades Autónomas dictan las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la ley.

Están obligados a solicitar el número de depósito legal los editores de las obras.

Al igual que ocurre con el ISSN, las revistas, los diarios, y todas las publicaciones seriadas mantienen el mismo número de depósito legal a lo largo de toda su vida, que viene fijado por la residencia del editor.

¿Dónde se tramita?

El editor o productor debe formular la petición de un número de depósito legal, antes de realizar la impresión o producción de la obra, a la Oficina del Depósito Legal de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En el plazo de dos meses, una vez terminada la obra objeto de depósito y antes de proceder a su distribución o venta, se deben entregar en la Oficina de Depósito Legal el número de ejemplares requerido, que pueden ser uno, dos, tres o cuatro, en función del tipo de obra de que se trate.

Contactos:
Bibliioteca Nacional: www.bne.es/es/Colecciones/Adquisiciones/DepositoLegal
Comunidad de Madrid: www.madrid.org/dplg

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